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La Universidad de Castellón puntualiza.

16 jul 2015
2 min de lectura
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Estimados Srs.,   En relación a su publicación:

y de acuerdo al derecho de rectificación que nos asiste, al incluirse en su artículo informaciones inexactas que causan un grave perjuicio a nuestra institución, y que se encuentra regulado en nuestro Ordenamiento Jurídico por la Ley Orgánica 2/1984, de 26 de mayo, reguladora del derecho de rectificación, quisiera hacerles saber que: 1. La Universitat Jaume I no ha colaborado en modo alguno con ninguna organización política, sino que ha alquilado sus instalaciones, en concreto el Paraninfo, para un acto privado de dicha organización. 2. El alquiler del citado espacio se ha realizado de acuerdo a la normativa de alquiler de espacios públicos y conforme a las tasas y precios públicos aprobados por nuestro Consejo Social, que se han facturado oportunamente a la organización que alquiló los espacios. 3. De acuerdo a lo anterior, es absolutamente falso que la Universitat Jaume I realice ningún tipo de acto con el fin de adoctrinar ideológicamente a nuestros estudiantes, como se afirma en el texto, ya que el acto al que hace referencia fue un acto privado de una organización política con el que la Universidad no tuvo relación alguna ni colaboró en modo alguno en su difusión. 4. La fotografía que ilustra el artículo (en la que aparece una bandera de España en llamas) es claramente tendenciosa, ya que no contiene ningún pie que identifique el lugar donde se tomó la misma y puede dar lugar a entender que se tomó en el acto celebrado en nuestra Universidad, cuando no nos consta que se realizara ningún acto de esta naturaleza. Por todo ello, solicito que en un plazo inferior a tres días se modifique el contenido del citado artículo para dar al lector la información real de lo acontecido y que se nos comunique dicha modificación. En caso de no realizarse la citada rectificación solicitaremos a la asesoría jurídica de la Universidad que inicie los trámites oportunos para solicitarla a través del Juzgado de Primera Instancia, tal y como se establece en la Ley Orgánica 2/1984 anteriormente citada. Cordialmente, Francisco Fernández Beltrán *Director de Comunicació i Publicacions* *Universitat Jaume I* Campus del Riu Sec 12071 Castelló de la Plana (España)

 
 
 

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